La Oficina Virtual de Catastro permite realizar tus trámites catastrales en línea sin salir de casa.
Para empezar a radicar un trámite ingresa con tu cuenta, si no tienes una puedes regístrate aquí.
Agrega el predio al cual le vas a hacer una solicitud, con la referencia catastral y el número de folio de matrícula.
Ingresa al módulo de solicitar trámites, selecciona el predio al cual le vas a realizar la solicitud, escoge el tipo de trámite y anexa la documentación solicitada.
Espera la respuesta de tu trámite si esta cumple todos los requisitos será aceptada, de lo contrario será devuelta.
De lunes a viernes de 09:00a.m. a 01:00 p.m.
En este paso confirma que tu información sea correcta antes de enviarla.
tipo Documento | Número documento | Nombres y Apellidos | Sexo |
---|
Correo Electrónico | Teléfono | Celular | Departamento | Municipio | Dirección Correspondencia |
---|
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), modificado por el artículo 10 de la Ley 2080 de 2021, establece la posibilidad de notificar de manera electrónica los actos administrativos proferidos por las entidades con facultades administrativas, siempre que el usuario haya aceptado de manera expresa este medio de notificación.
La notificación electrónica se entenderá surtida a partir de la fecha y hora en que el usuario tenga acceso al acto administrativo y produce los mismos efectos de la que se realiza en forma personal.
No se encontraron trámites asociados, confirma la información e intenta de nuevo
Copia de certificado de tradición y libertad, no mayor a 30 días de expedición.
Copia de la Escritura Pública, acto administrativo o sentencia Judicial debidamente registrada.
Para el caso de mejoras en terreno ajeno, el interesado debe acreditar mediante carta-venta la transferencia o escritura pública u otro documento de transferencia de la propiedad.
Para el caso de cambio de nombre entre poseedores, procederá previa visita técnica, por parte del AMBQ al predio de interés.
Nota: Aquellas mejoras que hayan sido tramitadas mediante escritura pública, deberán seguir con este mismo documento.
Fotocopia o referencia de la escritura pública por medio de la cual se hizo la división del predio, así como las escrituras aclaratorias.
Plano Topográfico en caso de que el predio matriz o el segregado tenga un área mayor a 500m2 que se encuentre georreferenciado con coordenadas cartesianas locales “Datum Magna Sirgas”.
Referencia o fotocopia legible de la (s) escritura (s) pública que contenga el reglamento de propiedad horizontal, y las que la aclaren las escrituras de constitución.
Plano de localización en medio magnético (si se tiene), ligado a las coordenadas cartesianas locales, Datum Magna Sirgas, el cual debe contener la planta de cubiertas con el número de pisos, aislamientos y alinderamiento del lote. El archivo debe tener solo dos niveles, uno con el lote y el otro con los polígonos de construcción en una sola línea o plano aprobado con la licencia por parte de la curaduría.
Archivo que contenga la relación de unidades prediales a des englobar con su correspondiente coeficiente, áreas privadas; direcciones, usos y folio de matrícula Inmobiliaria asignado por la oficina de registro respectiva o plano aprobado con la licencia por parte de la curaduría o autoridad de planeación municipal.
Fotocopia legible de la escritura debidamente registrada, mediante la cual se protocolizó el englobe.
Plano de englobe en medio magnético (si se tiene), ligado a las coordenadas cartesianas locales, Datum Magna Sirgas, el cual, debe contener los predios iniciales y los productos del englobe.
Copia legible de la escritura pública que contenga el Reglamento de Propiedad Horizontal, así como sus reformas, modificaciones, aclaraciones y correcciones con sus respectivos anexos, si las hay.
Plano de localización en medio magnético (si se tiene), ligado a las coordenadas cartesianas locales, Datum Magna Sirgas, el cual debe contener la planta dé cubiertas con el número de pisos, aislamientos y alinderamiento del lote. El archivo debe tener solo dos niveles, uno con el lote y el otro con los polígonos de construcción en una sola línea o plano aprobado con la licencia por parte de la curaduría o autoridad de planeación municipal.
Archivo que contenga la relación de unidades prediales existentes y/o a las que se van a generar con su correspondiente coeficiente, áreas privadas, direcciones, usos y folio de matrícula inmobiliaria asignado por la oficina de registro de instrumentos públicos respectiva y plano aprobado con la licencia por parte de la curaduría con sellos de propiedad horizontal.
Si adicional a la construcción nueva se debe cumplir un loteo por constitución de Urbanismo, se debe aportar: Medio Digital (si se tiene), de los Planos Urbanísticos, los cuales deben ser georreferenciados y en los formatos acordes para ser validados durante su trámite.
Para predios No PH Si adicional a la construcción nueva se debe cumplir un loteo por constitución de Urbanismo, se debe aportar (si se tiene): Medio Digital de los Planos Urbanísticos, los cuales deben ser georreferenciados y en los formatos acordes para ser validados durante su trámite.
Para predios No PH Copia de la licencia de construcción que aprueba la construcción.
Escrito de solicitud de incorporación de mejora en predio ajeno, si es posible, señalar el número predial sobre el cual está la mejora.
Cualquier medio probatorio que acredite la existencia de la construcción y la forma de tenencia de ésta.
Plano con ubicación aproximada de la mejora que contenga la nomenclatura vial y domiciliaria, número de pisos de la construcción y uno o varios sitios de referencia que permitan su localización.
Fotografías de la construcción o mejora que permitan la identificación y clasificación.
Cualquier medio probatorio que acredite la demolición de la construcción.
Copia de la licencia urbanística o cualquier documento idóneo que acredite el cambio de uso
En caso de tratarse de predios sometidos a propiedad horizontal copia simple legible de la escritura pública debidamente registrada que contenga la reforma al reglamento de propiedad horizontal.
Cualquier medio probatorio que evidencie la existencia de un error en la calificación del uso de la construcción o en el destino económico de un predio.
Copia de la licencia de construcción que acredite la modificación del área construida, en caso de existir.
Cuando, se trate de solicitudes de rectificaciones catastrales de año anteriores, se deberá indicar la vigencia objeto de rectificación y aportar para cada vigencia la prueba correspondiente.
Documentos que soporte la complementación y/o rectificación de la información en la base catastral, tenga en cuenta los documentos soporte de las otras mutaciones catastrales.
Copia legible del título de dominio debidamente registrado que contenga la información ya corregida.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad.
En caso de que la rectificación sea en los orígenes de georreferenciación y el predio tenga un área mayor a 500 m2, se-deberá aportar el plano topográfico en medio magnético (formato dwg) (si se tiene), ligado a las coordenadas cartesianas locales, Datum Magna Sirgas.